La banca es de Giustiniani

La última banca de la Cámara de Diputados de Santa Fe que quedaba en disputa ya tiene representante: el Tribunal Electoral de la Provincia rechazó la impugnación presentada por Fabián Palo Oliver (Frente Amplio por la Soberanía) y ratificó el acta que le otorga a Rubén Giustiniani (Igualdad y Participación) su escaño en la Legislatura. El Tribunal  saldó la discusión sobre la vigencia o no del decreto 9280/83, que data de la última dictadura militar y que fijaba un piso del 3 por ciento del padrón total para entrar en el reparto proporcional de bancas. De esa manera, Giustiniani confirma la renovación de su banca mientras que el Frente Amplio por la Soberanía se queda sin un tercer escaño.

Luego de conocerse el escrutinio definitivo de las elecciones provinciales de septiembre, comenzó la disputa por uno de los 22 lugares que se distribuyen para la Cámara de Diputados entre los partidos de las minorías en proporción de los sufragios alcanzados. En un principio, Carlos Del Frade, quien encabezó la lista del Frente Amplio por la Soberanía, celebró que su espacio lograba quedarse con tres bancas, la de él y las de Claudia Balagué y Fabián Palo Oliver. Sin embargo, el 18 de septiembre –una semana después de las elecciones- el Tribunal Electoral de Santa Fe formalizó mediante un acta la adjudicación de esa última banca de diputados para Giustiniani, dejando fuera a Palo Oliver.

El trasfondo de la discusión está vinculado con la vigencia o no del decreto 9280/83, una normativa emitida durante la última dictadura que buscó regular el reparto de cargos para las minorías en Diputados. En su quinto artículo, ese instrumento legal establece un piso del 3 por ciento del padrón electoral para acceder al reparto de bancas. De aplicarse esa normativa, Giustiniani hubiera quedado afuera de esa distribución. Lo paradójico del caso es que en 2011, Del Frade no pudo acceder a una banca en Diputados porque se le aplicó el piso electoral del decreto de la dictadura, el mismo que reclamaron que se fije en detrimento de Giustiniani.

En aquella oportunidad, cuando el pleito llegó a la Corte santafesina, el juez Daniel Erbetta, en minoría, falló a favor del referente del Frente Social y Popular. Ahora el propio Erbetta encabeza la Corte y el Tribunal Electoral Provincial, órgano encargado de oficializar los nombres de los nuevos legisladores. En ese marco, el pasado viernes se conoció el rechazo del Tribunal a la solicitud presentada por Palo Oliver.

La resolución aclara inicialmente que el planteo fue formulado fuera de los plazos legales y por lo tanto “la presentación que motiva esta decisión no ostenta el carácter de impugnación o remedio recursivo para motivar la revisión por parte del Tribunal”. Más allá de esa aclaración -“que resulta autosuficiente para rechazar la petición”-, el fallo ofrece una minuciosa explicación técnica y legal pero también anclada en la realidad democrática. En ese sentido, el Tribunal justifica su decisión amparado en el concepto de “derogación orgánica» para aquellos casos en que un sistema normativo es derogado en forma implícita atento a su contradicción con el nuevo orden legal. Además, marca que “sería una triste paradoja, en el estado actual de la democracia, pretender que aquél decreto emanado de un poder ilegítimo que desconoció la Constitución pueda erigirse como recorte neutralizador de la Constitución misma”.

El fallo destaca “que el deber moral de los jueces de conformar sus decisiones como la misma Corte lo tiene decidido en casos análogos debe ceder cuando de ello resulta la aplicación de una norma de un gobierno de facto incompatible con disposiciones posteriores emanadas de leyes sancionadas en democracia”. El Tribunal aclara que esta decisión solo “podría ser susceptible de impugnación por la vía del recurso de inconstitucionalidad local”.

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